BLOCKCHAIN: su utilización en la Administración Pública por María Sol Moreno

 

I.INTRODUCCION:

Se define al “Blockchain” como una “una base de datos distribuida entre diferentes participantes, protegida criptográficamente y organizada en bloques de transacciones relacionados entre sí matemáticamente, en la cual se registran operaciones muy variadas, apoyadas en la tecnología Peer-to-Peer [1] y, por tanto, compartida por múltiples nodos”.[2]  

            A través de esta tecnología, cada transacción se introduce automáticamente en un bloque de información y, según va creciendo el número de transacciones, crece la cadena de bloques. Cada uno de los bloques -que puede contener una o múltiples transacciones- contiene un “hash” del conjunto de transacciones que se almacenan, así como el “hash” del bloque anterior, lo que impide que un bloque pueda ser alterado o pueda ser insertado entre dos bloques preexistentes, al mismo tiempo que refuerza la verificación de la información contenida en el bloque anterior, posibilitando, de este modo, ejecutar transacciones que no se pueden manipular como en otros sistemas.                                                                                    

             Se agrega a ello que, al ser la base de datos distribuida, permite compartir información en forma encriptada, la cual se guarda simultáneamente en los otros nodos o partes involucradas -sin necesidad de intermediarios o autoridad de control centralizada- por lo que, para que la transacción sea válida, la información contenida en la misma debe coincidir en todos los nodos que integran la cadena de bloques y es, precisamente, en esta copia exacta almacenada en las distintas computadoras, donde reside la garantía de seguridad e inalterabilidad de los datos o información.

            “En estos términos y para dilucidar que es claramente el “Blockchain” señalamos  sus componentes y características esenciales:                              

I.Registro de información distribuido:  A diferencia de lo que sucede en una base de datos centralizada en la que la información es guardada y acumulada en un único lugar físico y controlada por una única entidad, en las bases datos descentralizadas la información se incorpora, asegura y archiva en equipos informáticos y usuarios conectados a nodos y son éstos los que controlan la red.

Así, todos los participantes poseen una copia de todo el “Blockchain” y son todos iguales entre sí, pero ningún participante puede añadir información sin el consenso y autorización del resto.

 II.Inmutabilidad: Resulta imposible incorporar, editar o borrar información que se encuentra validada y añadida a la cadena. En caso de que algún nodo se halle comprometido (sabotaje, falla de hardware, piratería) todos los otros nodos mantendrán la base de datos íntegra. Si se altera o modifica alguna información -obteniendo las autorizaciones pertinentes-, los cambios son visibles por los otros nodos, convirtiéndose así en un proceso de autenticación distribuida.      

III.Protocolo de consenso: Para que la información contenida en un bloque sea reputada por cierta y válida, todos los participantes tienen que estar de acuerdo. Así, el protocolo de consenso hace que los distintos nodos no tengan por qué confiar unos en otros y puedan compartir un registro de información confiable. No hace falta una persona humana o jurídica o entidad centralizadora que legitime la información guardada en la cadena, ya que es segura por naturaleza, al encontrarse garantizada por la matemática y la criptografía.                                                         

IV. Trazabilidad y transparencia: Esta circunstancia es una derivación y el resultado del encadenamiento sucesivo de los bloques basado en la criptografía “hash”. Así, se pueden ordenar cronológicamente los sucesos, de modo que las operaciones posean trazabilidad y trasparencia.

En tanto la información almacenada en la cadena es susceptible de ser consultada y auditada.                                                                                  

V.Criptografía: La criptografía es básicamente la seguridad de la información en “Blockchain” y una de las principales herramientas para hacerlo son los “hash”.”[3]

Así el “Blockhain” se convierte en una “fuente de verdad única” para todos los participantes de la red, auditable de modo transparente por cualquiera de ellos y por ello cada vez son más los que aseguran será “la tercera herramienta disruptiva que nos empoderará como sociedad, eliminando los intermediarios y las jerarquías inflexibles y arbitrarias…” que al combinar la tecnología P2P de intercambio entre pares con la criptografía, crea una nueva forma de comunicación e intercambio digital que soluciona el problema de necesitar un tercero en el que las partes confíen para garantizar la autenticidad de las transacciones (sea banco, auditor, notario, Paypal).[4]                                                                                            

II.VENTAJAS DE SU USO EN LA ADMINISTRACION PÚBLICA:        

Ello hace que las ventajas del uso de esta tecnología en la Administración Pública sean innumerables debido a que reúne las condiciones de seguridad y transparencia que requieren las operaciones públicas.

Adviértase que, si bien el Estado. antes de la aparición de Internet, era la institución que procesaba la mayor cantidad de información relacionada con la sociedad, en la actualidad, ello se torna imposible debido a la cantidad de información que circula por Internet. No obstante, y pese a que los gobiernos aún custodian gran parte de información valiosa de los ciudadanos (información fiscal, votos, identidad, datos de seguridad social, etc.) no han podido desarrollar todo su potencial en materia de gobierno abierto debido a varios obstáculos: la existencia de diferentes formatos de información y datos en conflicto, los problemas de interoperabilidad y la necesidad de proteger la privacidad.                                       

Blockchain llega para derribar esos obstáculos, pues permitirá que los gobiernos desarrollen la apertura en lo que hace a confianza y transparencia, pero protegiendo los datos y la privacidad al mismo tiempo.

Por ello, estamos en condiciones de sostener que las posibilidades de aplicación de esta tecnología en el sector público son numerosas, diversas y cuentan con un vasto potencial y podemos clasificarlas del siguiente modo:

“1)Registros públicos: registro y títulos de la propiedad, registro de vehículos, licencias de negocio, padrones de las poblaciones, registros criminales, pasaportes, certificados de nacimiento, certificados de defunción, procesos electorales y sistemas de voto, diferentes tipologías de permisos, subvenciones y ayuda social, etc.     

2)Registros privados: registros médicos, registros educativos, gestión de becas, arbitraje, patentes, registros de apuestas, donaciones, registro de transferencias de títulos y registro de empresas, testamentos y herencias digitales, etc.      

3)Gestión de activos municipales en el ámbito de las ciudades inteligentes: gestión de residuos, alumbrado público, agua, jardines públicos y parques, modelos de pago de impuestos por uso de servicios, etc.

4)Creación de modelos descentralizados orientados al empoderamiento de los ciudadanos y gestión de gobernanza por parte de organizaciones ciudadanas (nuevos servicios públicos).

5)Redefinición de los sistemas de justicia, sanidad, educación y hacienda.[5]

Ahora, veamos algunas de estas aplicaciones más detalladamente:

Contratos: El Estado gestiona múltiples contratos relacionados con la prestación de bienes y servicios (contratación directa, licitaciones, concesiones, etc.), que a su vez tienen innumerables transacciones y trámites asociados. A pesar de los esfuerzos de modernización, todavía hay procesos rutinarios como la contratación, la gestión financiera y el cumplimiento normativo, que siguen basándose en el papel. Se trata de procesos costosos y complejos, con un alto riesgo de errores y de fraude. Blockchain puede aportar beneficios significativos en estas áreas, ya que reduce los tiempos, costos y riesgos derivados de aplicar las normas administrativas.

Gestión de expedientes: En el sector público se gestionan expedientes, en los cuales se va incorporando información, habitualmente en forma manual, deficiente y con escasa trazabilidad, para los cuales, por sus atributos, la aplicación blockchain es la herramienta perfecta para el mejoramiento de dicha gestión.                

Registro digital de instrumentos públicos: Tanto en el ámbito de las personas humanas (los registros civiles -en los que se asientan datos relativos a las mismas: nacimientos, matrimonios, defunciones, etc.)- como en el de las personas jurídicas (creación de sociedades, cambio de objeto social, etc.) y en el de las propiedades (cambios de titularidad, sucesiones, concesiones, etc.), el Estado deben gestionar y mantener múltiples registros. Y si bien, algunos de los mismos se han digitalizado, el proceso se centra en mantener la data, pero no sus transacciones asociadas (historia de las transacciones), lo que le permitiría asegurar su trazabilidad (fecha, origen, destino, acción).

Sin embargo, por medio de la implementación de blockchain como mecanismo de almacenamiento y custodia de los registros públicos, la fragilidad de los sistemas podría concluir. Pongamos como ejemplo los registros de propiedad en una zona geográfica determinada: con la tecnología blockchain sería imposible realizar alteraciones-

Seguridad social: También, siguiendo en la misma línea de pensamiento expresada en el punto anterior, podría almacenarse toda la historia relacionada con el sistema de seguridad social de un ciudadano, como su historia clínica, por ejemplo, lo que agilizaría todos los trámites relacionados con la administración de la salud. De igual modo podría almacenarse la historia laboral de una trabajador, que, si se combinara con la tecnología de los “Smart contracts” podría automatizar el otorgamiento de beneficios de la seguridad social, evitándose extensos y, a veces, complejos trámites.[6]                                                                                                    

II.1.BLOCKCHAIN EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL:

Con el objetivo de mejorar los procesos administrativos internos, el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) ha implementado un programa basado en la tecnología de blockchain que, como es sabido, se destaca por su inmutabilidad, sello temporal y trazabilidad.

La Secretaría de Innovación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros emitió la Resolución 17/2022, la cual aprobó el lineamiento nacional sobre blockchain.

 Entre los usos actuales de la Administración Pública se incluyen la auditoria, la gestión de la identidad del ciudadano, el notariado, la salud, las publicaciones y las ciudades inteligentes.  

En primer lugar, los ciudadanos pueden acceder en tiempo real a la información de la gestión económica y administrativa de gobierno. Ese acceso sencillo y rápido permite llevar a cabo prácticas de auditoría que posibilitan el seguimiento de los procesos como licitaciones, compras, adjudicaciones y otras transacciones del Estado.

En segundo lugar, la representación física de la información (token) contenida en los registros del Estado (ledger) se encuentra en un mismo objeto digital. Esa información respalda y confirma la identidad de la persona, resolviendo cualquier duda o problema.

En tercer lugar, la autenticidad de los documentos en el ámbito de la educación es fundamental. La presentación de títulos académicos y certificados de estudios inmutables en un formato digital facilita su transporte y presentación en diversas instancias.        

El Instituto Nacional de la Administración Pública (INAP) emite y certifica las actividades de capacitación de los agentes públicos utilizando el "sello de tiempo" de la tecnología blockchain, garantizando la integridad de los documentos.

En cuarto lugar, se garantiza la autenticidad de los datos médicos en las historias clínicas de los pacientes, junto con la trazabilidad de su uso[7] y consulta[8] dentro de la cadena de bloques. El legislador aprobó el Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de las Historias Clínica[9]. Los registros del Sistema Único de Registros de Historias Clínicas se llevan a cabo bajo estrictas condiciones de seguridad, integridad, autenticidad, confiabilidad, exactitud, inteligibilidad, conservación, disponibilidad, acceso y trazabilidad[i].[10]

En quinto lugar, el registro de los contenidos en la cadena de bloques garantiza la originalidad de la publicación y distribución en formato electrónico. El Boletín Oficial de la República Argentina (BORA) utiliza la tecnología blockchain para verificar la autenticidad de sus publicaciones. Cada edición electrónica genera un hash que resulta en una transacción que emite un Recibo Digital (RD). Este proceso de verificación acredita la existencia de una edición específica del BORA, manteniendo su edición original inalterable.

En sexto lugar, se promueve el uso de plataformas de ciudades inteligentes con tecnología de blockchain. La Recomendación octava de la Declaración de Lisboa sobre Innovación Pública del 30 de mayo de 2023 sugiere explorar oportunidades de transformación digital del Estado para las Ciudades Inteligentes.

En séptimo lugar, la tecnología de cadena de bloques puede certificar de manera descentralizada los documentos, garantizando su inalterabilidad, integridad, seguridad y certeza dentro del procedimiento administrativo electrónico[11] y el acto administrativo.[12][13]                   

III.CONCLUSIONES:                                                                                  

De lo hasta aquí expresado podemos concluir que, si tenemos en cuenta que un sector público eficiente es imprescindible para asegurar el crecimiento sostenido y estable, aumentar el bienestar de los ciudadanos e implementar las reformas necesarias que favorezcan la creación de riqueza en una sociedad, no cabe ninguna duda que la adopción de blockchain ayudará a las administraciones públicas a implementar nuevos modelos de negocio, a beneficiarse de la innovación en todas sus formas y a aprovechar la riqueza de los datos de que disponen para diseñar estructuras públicas eficientes, contribuir a la seguridad, satisfacer las necesidades de la población, facilitar el crecimiento económico sostenible y crear sociedades más fuertes.                                                                                                                           

Y, como claramente lo expresa, Roberto Fernández Hergueta, responsable del capítulo dedicado al sector público en el libro Blockchain: la revolución industrial de Internet 7: “Los ciudadanos exigimos simplicidad, ubicuidad e inmediatez; un nuevo modelo de administración pública más transparente, más rápido, más eficiente y más integrado en la vida diaria de la ciudadanía. Blockchain redefinirá la relación entre los gobiernos y los ciudadanos en términos de intercambio de datos, transparencia y confianza. Esta tecnología, denominada por algunos como ‘Internet de las transacciones’, basada en el intercambio sistémico y seguro de datos, en la transferencia de valor a través de contratos inteligentes y en la igualdad entre los participantes de la red, permite imaginar un mundo donde los servicios públicos se desarrollen en un ambiente abierto, seguro y transparente”.[14]  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



[1] El “p2p” hace referencia a la interacción entre los distintos participantes o nodos se realiza por parejas, así, los nodos no se encuentran conectados todos entre sí, sino que cada uno está solamente conectado con un número determinado del resto.

[2] FERRERO, Genoveva; CARBALLO, Federico; “La contratación electrónica y la gobernanza digital: la implementación en el Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires”; Libro digital; La Ley 2022, p.88.

[4] GIORDANO, Cristina E.;”BLOCKCHAIN: ¿Nace un nuevo orden mundial?” Revista Jurídica de Buenos Aires Año 43, número 96, 2018.-.

[5]FERRERO, Genoveva; CARBALLO, Federico; ob.cit p.90.-

[6] GIORDANO, Cristina E.; ob.cit.; 292.-

[7] Ver ley 25.329.

[8] Ver ley 25.329.

[9] Ver ley 27.706

[10] Ver art.4º dto.393/2023

[11] Cfr. NIELSEN ENEMARK, Carlos A.; "El derecho administrativo en el entorno digital: las relaciones entre los sistemas informáticos y la función administrativa"; RDA N° 139; pp. 16-42

[12] Cfr. OTRANTO, Piergiuseppe - LACAVA, Federico; "Administraciones públicas y blockchain"; Diálogos de la cultura jurídica ítalo-argentina, pp. 156-161.

[13] SALGAN RUIZ, Leandro G;”. El derecho administrativo de las nuevas tecnologías”; EBOOK-TR 2023-2 (Ferrer-Diana), 13

[14]PREUKSCHAT, Alexander (coord.), Blockchain: la revolución industrial de Internet, Barcelona, Gestión 2000, 2017.



[i]ú

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